ACUERDO BILATERAL
Convenio internacional concertado entre dos partes, cada una de las cuales posee la capacidad para celebrar tratados o acuerdos.
ACUERDO MARCO DE PRECIOS
ACUERDO MULTILATERAL
Convenio internacional concertado entre tres o más partes, cada una de las cuales posee la capacidad de celebrar tratados o acuerdos.
ACUERDOS COMERCIALES
ACUERDOS DE MIGRACIÓN LABORAL
Los acuerdos migratorios bilaterales pueden definirse como todo acuerdo entre dos Estados, celebrado por escrito y regido por el derecho internacional, destinado a crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones en materia de migraciones internacionales (cf. Convención de Viena sobre el derecho de los tratados, 1969).
ADECUACIÓN DE SERVICIOS
Adaptación de servicios ofrecidos por diferentes entidades en el territorio nacional para que los colombianos en el exterior puedan favorecerse de ellas desde su país de residencia.
ADENDAS
AGENTE CONSULAR
Es el cargo que recibe un funcionario por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores para ejercer una función consular en el extranjero.
AGENTE DIPLOMÁTICO
Cargo que recibe un funcionario por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores quien tiene la misión de representar a un Estado ante otro o ante un organismo internacional. Si a un agente diplomático se le encomiendan funciones consulares, éstas serán independientes de las diplomáticas.
ALCANCE DE LA AUDITORIA:
Extensión y límites de una auditoria. El alcance debe ser suficiente para satisfacer los objetivos de la auditoría establecidos. Deben incluirse las posibles limitaciones al alcance (factores externos al equipo de auditoría que pueden impedir obtener toda la información para cumplir con el objetivo de la auditoría. (EI-PT-03 Actividades de Auditoria Interna).